La Fiscalidad en los Fondos de Inversión

Ante la bajada de la rentabilidad de los depósitos y otros productos bancarios, cada vez es más frecuente que el ahorrador español decida invertir su dinero en Fondos de Inversión. Un producto distinto a las acciones y que tiene un impacto fiscal distinto en el IRPF y Declaración de la Renta.

 

Como hemos venido explicando desde el Supermercado de Fondos de EBN Banco, los Fondos de Inversión son patrimonios separados sin personalidad jurídica propia, que a través de una sociedad gestora, se dedican a gestionar activos y ejercer las funciones de administración y representación. Así que la sociedad gestora invierte el dinero aportado por los ahorradores o partícipes en distintos activos financieros tales como Renta Fija, Renta Variable, Monetarios, etc. La evolución de dichos activos en los mercados de valores determinará la obtención de unos resultados en el Fondo de Inversión, que se asignan a los partícipes según la proporción que represente su inversión sobre el total del patrimonio del fondo.

 

Sabiendo esto, lo que nos preguntamos es por qué el ahorro se está orientando en los últimos años hacia los Fondos de Inversión. El motivo es tanto funcional, porque se deposita la confianza en un gestor o especialista con años de experiencia, como fiscal. Es precisamente en esta materia fiscal en la que nos enfocaremos en este artículo.

 

La principal ventaja fiscal que nos ofrecen los Fondos de Inversión es que el traspaso de nuestros ahorros invertidos de un fondo a otro fondo está exento de tributar y no se pagan impuestos hasta que no se haga efectiva la ganancia patrimonial. Es decir, si se decide hacer un traspaso de fondos no tributaremos fiscalmente hasta el momento de hacer líquida la inversión obteniendo ganancias o pérdidas, que en el caso de los fondos se medirán como plusvalías o minusvalías (calculado como sigue: Valor de reembolso – Valor de suscripción). Estos beneficios obtenidos de tales fondos están considerados Ganancias y Pérdidas Patrimoniales y quedan sujetos a una tributación específica en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Por tanto y según se ha dicho, solo tributarán tales beneficios en el momento en que cerremos la posición, mientras que no sería el caso si mantenemos nuestros ahorros en el fondo o lo traspasamos directamente a otro fondo de la misma u otra gestora.

 

La tributación de los principales activos en territorio español será el siguiente:

 

En conclusión, los Fondos de Inversión presentan una serie de características que los hace activos a tener en cuenta a la hora de invertir:

 

  • – Se puede cambiar el dinero ahorrado de un fondo a otro mediante una simple orden de traspaso.

 

  • – Se invierte en carteras de productos, lo cual permite diversificar riesgos.

 

  • – No se paga impuestos por los beneficios acumulados hasta que se decide cerrar la posición, mientras que en el caso de las acciones ha de quedar constancia fiscal anual. Por tanto, mientras no se vendan las participaciones de un Fondo de Inversión, no se produce la plusvalía o ganancia patrimonial y, por tanto, no se pagan impuestos por tales plusvalías hasta la venta.

 

Foto: Rod Long. Unsplash.